Becas y ayudas (Máster)
Régimen de precios
Concepto | Importe |
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Validación, reconocimiento y transferencia de créditos: |
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• Precio por crédito validado | 100% del precio del crédito |
• Solicitud de validación y reconocimiento | 100% del precio del crédito |
Seguro obligatorio | 22 € |
Material diverso | 11 € |
Certificación académica | 11 € |
Otras certificaciones | 11 € |
Becas
Gestionado por la Fundación Prevent, este programa de becas ofrece apoyo a estudiantes con discapacidad desde una doble vertiente:
El año 2024, la Fundación Frederic Mompou convoca la primera edición de becas de estudios destinadas a la investigación y a la interpretación de la música del compositor Frederic Mompou.
Ayudas sociales
Ayudas económicas a las familias del alumnado del Grado en enseñanzas artísticas superiores de música y Másteres oficiales en enseñanzas artísticas que se encuentren en situación especialmente vulnerable para el curso 2024-2025. Se otorgarán en régimen de concurrencia no competitiva y con carácter puntual sin generar un compromiso posterior. El procedimiento de solicitud, tramitación y otorgamiento de las ayudas económicas se regula por las bases siguientes.
Generales
Económicos
Académicos
Hay que rellenar y remitir el formulario adjunto, que será entregado mediante correo electrónico a la totalidad del alumnado del Grado en enseñanzas artísticas superiores de música y Másters oficiales en enseñanzas artísticas del curso 2024-2025 en el plazo de quince días desde el momento de el envío.
En caso de que sea necesaria la aportación de alguna documentación complementaria se habilitará un plazo de una semana.
Para tener acceso a estas ayudas hay que acreditar que la familia está incluida en el Tramo 1 de renta familiar según el siguiente cuadro:
Unidad familiar (miembros) | Renta (límite) |
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1 | 14.818,00 € |
2 | 25.293,00 € |
3 | 34.332,00 € |
4 | 40.773,00 € |
5 | 45.572,00 € |
6 | 49.196,00 € |
7 | 52.780,00 € |
8 | 56.348,00 € |
A partir del 8.º miembro, sumar 3.561,00 € |
El alumnado solicitante podrá acreditar que cumple esta condición mediante:
Para aceptar las solicitudes presentadas y valorar su idoneidad se crea la Comisión de Ayudas formada por la Dirección General, la Subdirección general de administración y servicios – Gerencia, la Subdirección general de ordenación y servicios – Dirección Académica, la asistente de la Dirección, una persona representante del Comité de Empresa y un representante del Consejo de Escuela designadas por la Dirección General.
La Comisión seleccionará -entre las solicitudes recibidas- aquellas que sean susceptibles de recibir la ayuda con el orden de prioridad.
Atendiendo a la naturaleza de estas ayudas las personas que formen parte de la Comisión están obligadas a no desvelar ninguna información relativa a las solicitudes y las deliberaciones que se deriven.
Las ayudas se asignarán en función de las solicitudes aceptadas.
El alumnado solicitante deberá firmar la declaración responsable que se incluye en el formulario de solicitud mediante el que certifica la veracidad de la información aportada. En el caso de que una solicitud incluya información deliberadamente falsa, el alumno o alumna solicitante será automáticamente expedientado y podrá ser sancionado con la expulsión de la Escuela.
17 de noviembre de 2024: fecha límite para la recepción de solicitudes.
25 de noviembre de 2024: notificación de errores o requerimientos documentales.
1 de diciembre de 2024: corrección de errores o aportación de documentación requerida.
16 de diciembre de 2024: reunión de la Comisión y propuesta.
17 de diciembre de 2024: Resolución y asignación nominal de las ayudas. Publicación en e corcho de información Académica y Administrativa.